Acuerdo de Asociación UE-Mercosur (EMPA - Diario Oficial (UE) L/2026/184)

El 1 de mayo de 2026 entró en vigor la aplicación provisional del Acuerdo Interino del Mercosur. En él, la UE y los países sudamericanos (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay) acordaron, entre otras cosas, la eliminación gradual de los aranceles mutuos.

El Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y los países del Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay) es un acuerdo integral cuyas disposiciones comerciales entraron en vigor provisionalmente el 1 de mayo de 2026.

Tras más de 25 años de negociaciones, este acuerdo representa un hito que crea una de las mayores zonas de libre comercio del mundo.

A continuación detallamos las novedades más importantes y los beneficios para su empresa:

1. Situación actual:

El acuerdo comercial se aplica provisionalmente desde el 1 de mayo de 2026 (véase el Diario Oficial (UE) L/2026/868). Si bien el proceso de ratificación por parte de todos los Estados miembros de la UE aún está en curso, el componente comercial, de vital importancia económica, entra en vigor anticipadamente mediante un acuerdo provisional.

2. ¿Qué cambios supondrá para usted?:

El objetivo principal del acuerdo es la reducción sustancial de los aranceles y la eliminación de las barreras burocráticas al comercio.

  • Beneficios arancelarios: A largo plazo, se eliminarán los aranceles sobre más del 90 % de todos los productos. Esto se aplica en particular a las exportaciones de automóviles, maquinaria y productos químicos de la UE, así como a las importaciones de materias primas y productos agrícolas de Sudamérica.
  • Acceso al mercado: Las empresas europeas tendrán un acceso más fácil a un mercado con más de 260 millones de consumidores.

3. Notas sobre la aplicación provisional

El origen preferencial de las exportaciones desde la UE debe declararse mediante una declaración de origen conforme al Anexo 22-07 del Acuerdo sobre Comercio de Importaciones (UCC-IA). Si el valor de las mercancías supera los 6000 EUR, también deberá indicarse el número de registro REX del exportador. Durante un período máximo de tres años a partir de la fecha de entrada en vigor del Acuerdo, la Unión Europea reconocerá el «Certificado de Origen» como prueba de origen.

El texto de este acuerdo se publicó el 27 de febrero de 2026 en the Official Journal (EU) L/2026/184.

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